A- de 2013
Ponente Luis Guillermo Guerrero Pérez
✓Demandante Luz Myriam Carmona Renteria Vs Fiscalia General De La Nacion Y Otros
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Reiteración Auto 124/09
- Competencia para dirimir conflictos de competencia
- Competencia de Tribunal Superior
- Decreto 1382 de 2000 no establece competencia sino reglas de simple reparto
- Normas que determinan la competencia
- Factor territorial
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Conflicto de Competencia suscitado entre el Juzgado Primero Civil del Circuito de Pereira y la Sala Penal del Tribunal Superior de Manizales, en virtud del trámite de la acción de tutela de la referencia.
Luego de reiterar las reglas aplicables para resolver conflictos de competencia en materia de tutela, la Sala decide el asunto ordenando enviar la remisión del expediente a la Sala Penal del Tribunal Superior de Manizales, para que de forma inmediata tramite la acción de tutela y profiera decisión de fondo respecto del amparo solicitado.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (4 puntos)
- PRIMERO. DEJAR sin efecto el Auto del 18 de marzo de 2013, mediante el cual la Sala Penal del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Manizales, declaro su incompetencia para conocer de la accion de tutela presentada por la senora Luz Myriam Carmona Renteria.
- SEGUNDO. DECIDIR el conflicto de competencia suscitado, en el sentido de ordenar la REMISION del expediente ICC-1951 a la Sala Penal del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Manizales, para que, de forma inmediata, tramite la accion de tutela presentada por la senora Luz Myriam Carmona Renteria y profiera decision de fondo respecto del amparo solicitado.
- TERCERO. ORDENAR que, por Secretaria General, se comuniquen las decisiones adoptadas en esta providencia a la accionante y al Juzgado
- Primero. Civil del Circuito Judicial de Pereira, con el fin de que tengan conocimiento sobre lo aqui resuelto.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.